Nos encontramos a poco más de un mes para el primer proceso electoral en nuestro país con la nueva normativa de protección de datos en vigor.
Hoy hablamos de cómo influirá esta Ley en el tratamiento de nuestros datos por parte de los partidos políticos y las posibilidades que estos tienen de acceder a nuestros datos durante sus campañas electorales.
¿Cómo influye la nueva normativa de protección de datos en el curso de un procedimiento electoral?
La nueva Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, añade a la Ley Orgánica del Régimen Electoral un nuevo precepto, el artículo 58 bis, a partir del cual se permite a los partidos políticos, amparados por un supuesto “interés público” el tratamiento de datos personales en forma de opiniones políticas que la ciudadanía pueda manifestar en paginas web o fuentes de acceso público.

En otras palabras, y desgranando el citado artículo, las consecuencias reales para los ciudadanos a este respecto, principalmente radican en que:
- Por un lado, la parte política, podrá obtener información sobre los ciudadanos a través de redes sociales (páginas web, páginas de acceso público, redes sociales, etc.), sin tener que obtener un permiso expreso para ello por parte de los ciudadanos. Así, por ejemplo, en base a ese “interés público”, los partidos políticos podrán generar bases de datos de personas simpatizantes, o contrarias, simplemente viendo a que publicaciones da un “like” un ciudadano, o que contenidos comparte, sin que los ciudadanos hayamos dado un consentimiento expreso al trato de esos datos (no tienen que pedirnos permiso para utilizar nuestros datos).

- Añadido a esto, el hecho de tener ese acceso (de legitimar el tratamiento) supone también la posibilidad de envío de comunicaciones en forma de propaganda electoral por medios digitales, una vez más, sin tener que pedir permiso a los ciudadanos.
El defensor del pueblo reacciona.
EL continuo bombardeo al que estaríamos sometidos en lo que se refiere a “SPAM PROPAGANDÍSTICO” por parte de los partidos políticos, sería solo la punta del iceberg, y es que hay que ir más allá a la hora de analizar la situación, estamos hablando de la posibilidad de que los partidos políticos tengan a su disposición un listado de personas asociado a sus pensamientos ideológicos en función de sus manifestaciones en la red.
Ante esto, el Defensor del Pueblo ha interpuesto un recurso de inconstitucionalidad contra el citado precepto, y es así como nos encontramos en este momento, a la espera de la decisión del Tribunal Constitucional al respecto de qué hacer.
Otros casos similares
Cambridge Analytica fue una compañía privada dedicada al análisis de datos, con el fin de diseñar campañas para marcas y políticos, por ejemplo, la campaña presidencial de Trump y otros candidatos republicanos fueron objeto de sus servicios.
Esta empresa, accedió a los de perfiles de 50 millones de usuarios de Facebook, y a través del acceso a la información personal de cada usuario y la de amigos de estos, recopiló datos relativos a actualizaciones de estado en Facebook, “me gustas” y mensajes privados enviados por la red, entre otros.
Así, a través de la acumulación de estos datos, pudo conocer sus intereses políticos, preocupaciones sociales, etc, datos con los que, además, poder articular campañas personalizadas, ya que esta información recabada, es el caldo de cultivo perfecto para saber cuál debe ser la acción a desarrollar por las campañas de los candidatos para cambiar la forma de pensar de millones de votantes de una manera personalizada.
Así estamos ante un cambio de paradigma: “dejamos de buscar información, la información es quien nos busca a nosotros”.
Conclusiones
El acceso a las manifestaciones que realizamos en la red, puede conllevar el uso de las mismas para poder crear perfiles que “adivinen” nuestra forma de actuar en un futuro y con ello, la posibilidad de intentar cambiar nuestros comportamientos.
Habrá que ver cuál es la decisión final de nuestro Tribunal Constitucional en este sentido, y cuál es nuestro nivel de protección ante este tipo de actuaciones, mientras tanto solo nos queda recomendar la PRECAUCION e invitaros a que una vez leído esto, toméis consciencia de la situación para saber detectar así cuando estamos siendo publico objetivo al que se dirigen según qué publicaciones, porque en Internet, nada es casual.
